ACUERDOS COMERCIALES
Conexión de México con otros países
Acuerdos multilaterales
- 01 enero 1995 (Parte contratante del GATT 1947 desde 24 agosto 1986)
- Organización para la apertura del comercio.
- Lograr niveles de vida más altos, así como el pleno empleo y un desarrollo sostenible es el objetivo de los gobiernos Miembros de la OMC
- Proceso de apertura del comercio que se realiza en el marco de las normas de la OMC, que tienen en cuenta que algunos países están en mejores condiciones que otros para abrir ampliamente sus mercados.
Acuerdos de libre comercio
- AELC (Asociación Europea de Libre Comercio)
El Artículo 70 del Tratado establece el Comité Conjunto México-AELC, integrado por representantes de cada parte, tiene como responsabilidades: supervisar la aplicación y ulterior desarrollo del acuerdo; mantener en revisión la posibilidad de continuar con la eliminación de barreras al comercio y otras regulaciones restrictivas al comercio entre México y las otras partes; supervisar la labor de los subcomités y grupos de trabajo; resolver controversias que pudieren surgir respecto a su interpretación o aplicación y considerar cualquier otro asunto que pudiere afectar el funcionamiento del tratado.
- TLCAN (Canada - Estados Unidos - Mexico)
Desde que entró en vigor el TLCAN, los niveles de comercio e inversión se han incrementado en América del Norte, generando un crecimiento económico sólido, la creación de puestos de trabajo y una mayor variedad de bienes de consumo a mejores precios. Todo esto ha beneficiado a las empresas, los consumidores, las familias, los trabajadores y los agricultores de la región.
El TLCAN brinda a las empresas de América del Norte un mejor acceso a los materiales, las tecnologías, los capitales de inversión y los talentos disponibles en toda la región.
Acuerdos marco
- Propiciar un espacio común que generara oportunidades comerciales y de inversiones a través de la integración competitiva de las economías nacionales al mercado internacional.
Acuerdos comerciales preferenciales
Brasil (AAP.CE N° 53)
- Establecer normas y disciplinas para las relaciones económicas y comerciales entre las Partes, en el marco del Tratado Montevideo de 1980.
- Impulsar el desarrollo y la diversificación de las corrientes de comercio, con el objetivo de intensificar la complementación económica.
- Estimular los flujos de inversión, para procurar promover un intensivo aprovechamiento de los mercados y de la capacidad competitiva de las Partes.
- Incentivar la participación de los sectores privados de las Partes.