Desobediencia civil pacifica
Lucha por tus derechos
#POSMESALTOGDL
Estación Tetlán 4:30 PM
22 de febrero
salta el torniquete como el gobierno salta tus derechos
No al aumento
Que no te vean el copete de menso
Ley de movilidad
Artículo 150. Al proponer la revisión, aprobación o modificación de las tarifas del servicio público de
transporte, el Instituto se sujetará a las normas de carácter técnico que para tal efecto se expidan, y
tomará como base la relación existente entre los siguientes elementos técnicos, que estarán encaminados
a evaluar la calidad del servicio que reciben los usuarios del servicio público de transporte, los cuales
deberán comprender por lo menos:
I. La evaluación de la funcionalidad y eficiencia del servicio, considerando la cantidad de usuarios, los
horarios de las rutas, el espaciamiento entre unidades y el cumplimiento, tanto de las rutas como de los
horarios, y
II. La revisión de la calidad del servicio con base en los lineamientos mínimos impuestos por la Secretaría
y en los convenios respectivos
transporte, el Instituto se sujetará a las normas de carácter técnico que para tal efecto se expidan, y
tomará como base la relación existente entre los siguientes elementos técnicos, que estarán encaminados
a evaluar la calidad del servicio que reciben los usuarios del servicio público de transporte, los cuales
deberán comprender por lo menos:
I. La evaluación de la funcionalidad y eficiencia del servicio, considerando la cantidad de usuarios, los
horarios de las rutas, el espaciamiento entre unidades y el cumplimiento, tanto de las rutas como de los
horarios, y
II. La revisión de la calidad del servicio con base en los lineamientos mínimos impuestos por la Secretaría
y en los convenios respectivos